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Recursos administrativos

Business Law

Recursos Administrativos

Defiende tus derechos frente a la Administración

Cuando una resolución administrativa resulta injusta o perjudicial, tienes derecho a recurrir. Como abogada especializada en Derecho Administrativo, te ayudo a reclamar frente a decisiones de ayuntamientos, comunidades autónomas o la administración estatal, guiándote en cada paso del procedimiento.

¿Qué servicios ofrezco en esta área?

  • Redacción y presentación de recursos administrativos ordinarios (reposición, alzada)
  • Recursos contencioso-administrativos ante los tribunales
  • Asesoramiento en procedimientos sancionadores
  • Reclamaciones frente a multas de tráfico, urbanismo, licencias, tributos…
  • Impugnación de resoluciones sobre prestaciones públicas
  • Reclamaciones contra la Seguridad Social o el INSS
  • Defensa jurídica frente a actuaciones administrativas indebidas
portada recursos administrativos
portada recurso alzada

Actúa dentro de plazo y con respaldo legal

Los procedimientos administrativos tienen plazos muy concretos. Contar con asesoramiento profesional desde el primer momento es fundamental para no perder oportunidades de defensa y lograr una resolución favorable.

Preguntas frecuentes

Es una reclamación que se presenta frente a una resolución o acto dictado por la Administración, con el fin de que lo revise o lo revoque total o parcialmente.

Depende del tipo de recurso, pero los plazos más comunes son:

  • 1 mes para recursos de alzada o reposición

  • 2 meses para interponer un recurso contencioso-administrativo
    Es clave actuar con rapidez.

Los más habituales son:

  • Recurso de alzada: cuando la resolución no agota la vía administrativa

  • Recurso de reposición: si ya no hay una autoridad superior

  • Recurso contencioso-administrativo: ante el juzgado, si no se resuelve favorablemente por vía administrativa

En algunos casos sí (por ejemplo, cuando la resolución no agota la vía administrativa). En otros casos puedes acudir directamente al juzgado. Se analiza caso por caso.

No. Al pagar una multa con el descuento del 50%, renuncias al derecho a recurrirla. Si quieres impugnarla, es importante no pagarla con bonificación.

Sí. Puedes presentar reclamación previa frente a resoluciones sobre prestaciones por incapacidad, jubilación, maternidad, etc. Si la respuesta no es favorable, se puede acudir a la vía judicial.